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Ministerio de Energía reingresó reglamento de net billing a Contraloría

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David Rau, vicepresidente de Acesol, destaca que los cambios realizados define detalles técnicos y plazos en la relación entre el usuario de una planta solar y la distribuidora.

El Ministerio de Energía volvió a ingresar a la Contraloría General de la República el reglamento de generación distribuida para autoconsumo (Reglamento Netbilling), correspondiente a la modificación de ley 21.118 de noviembre 2018, donde se incluyen cambios que son esperados por el sector dedicado a desarrollar proyectos de autogeneración.

El documento rige para personas o empresas con equipos de generación, cuya capacidad no supere los 300 kW, aumentando de esta forma el límite de netbilling de 100 a 300 kW, detallando también los requerimientos para dimensionar los equipos de generación (EG), “según el espíritu de autoconsumo para poder acceder a la posibilidad del pago de remanentes”, señala David Rau, vicepresidente de la Asociación Chilena de Energía Solar (Acesol).

Funcionamiento
Según el dirigente gremial, los equipos de autogeneración podrán funcionar en tres modalidades:

EG individual: por ejemplo, en una casa residencial o una empresa.
EG Individual con descuentos remotos: EG y empresa que usa descuentos no se encuentran en el mismo lugar físico.
EG conjunto: varios miembros son dueños del EG y valorizan las inyecciones para ser descontados en su propio suministro eléctrico.
En esta línea, Rau destaca a ELECTRICIDAD la modalidad individual con descuentos remotos y la de equipos de generación conjunto.

“La modalidad del EG individual con descuentos remotos permite a una persona o una empresa instalar un sistema solar en una ubicación diferente a la dirección donde tiene su consumo. El sistema tendrá derecho a inyectar la energía a la red de distribución para ser valorizada y ser descontada de los cargos de suministro eléctrico. De esta forma, los usuarios pueden aprovechar las ventajas de un sistema solar aunque no disponen de espacios adecuados en su ubicación”, explica.

“En el caso de la modalidad del EG conjunto, este da el mismo derecho de descuentos remotos, pero a un grupo de usuarios que es conjuntamente dueño de una planta solar”, agrege el ejecutivo.

A su juicio, los cambios al reglamento que ingresó a Contraloría, desde el punto de vista de la transparencia tiene actualizaciones importantes, “obligando a la distribuidora a entregar todos los antecedentes técnicos, supuestos y cálculos utilizados para la definición de las limitaciones del EG”.

“Otro detalle relevante es la obligación para la distribuidora a informar todas las obras adicionales e inversiones realizadas por usuarios de EG a la Superintendencia de Electricidad y combustible. De esta forma se aumenta la transparencia y se permite valorizar los aportes reales que realizan los EG a la red de distribución”, sostiene.

Cálculo
Rau además resalta el establecimiento de un cálculo dentro del reglamento, “para inyecciones provisionales mensuales en caso que la distribuidora no pueda realizar la lectura”.

“Pensamos que será importante monitorear bien el mecanismo de límites a la conexión e inyección que incluye las SCR y NC con sus respectivas vigencias tal como otras instalaciones conectadas a la red de distribución para evitar cualquier posible distorsión por especulación. También vemos importante insistir en el derecho de los usuarios a poder autogenerar su energía sin restricciones injustificadas según las capacidades de su conexión a la red de distribución. Para terminar mencionar que la definición de autoconsumo y el comportamiento por cambios del consumo del cliente futuros debe ser flexible y dar espacio para por ejemplo medidas de eficiencia energética”, concluye.

 

Fuente: https://www.revistaei.cl/

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